Los países, sus instituciones públicas y privadas, sus gobiernos y leyes, tienen el deber de garantizar el ejercicio y disfrute de los DDHH y las garantías constitucionales dictadas a favor de las personas. La corrupción como fenómeno social, ha invadido el cuerpo social venezolano, de allí la extensa diversidad de leyes e instituciones existentes para atacarla. Ser o no corrupto, ya no es una opción, al contrario, pareciera una herramienta útil y necesaria puesta al alcance de cualquier persona para enfrentar la crisis que padecemos.
Se hace normal en las calles, avenidas, pueblos y comunidades en general, la venta de combustible, las alcabalas móviles para exigir documentos y colaboraciones dinerarias, de quienes se hacen pasar por funcionarios públicos, las compras de sentencias absolutorias y el pago de cantidades extra de dinero, adicionales a las contemplados en las leyes, para obtener cualquier documento.
La lucha contra la corrupción no deber ser individual, sino colectiva, entre el Estado y la sociedad civil organizada, de acuerdo a los medios de participación establecido en la Constitución Nacional, en su artículo 70; tomando como elementos esenciales para el perfeccionamiento del ciudadano, la ética, la moral y los valores, los cuales al ser incorporados a la conciencia de cada individuo, mediante el ejemplo familiar y la formación ciudadana, estará presente en los individuos, para rechazar estos actos que carcomen las instituciones.
¿Cuál es el problema de Venezuela?; la sociedad no respeta los límites que se le han impuesto mediante las leyes, y la ausencia de valores éticos y morales en el ciudadano, aunados a una corrupta y deficiente Administración de Justicia, conjuntamente con la deplorable situación que envuelve a los cuerpos de seguridad del estado y a muchos integrantes del Poder Moral, estimula el delito, como fuente de recursos económicos para el sustento familiar, de los funcionarios que practican esos actos y de los ciudadanos que se valen de esas prácticas, para conseguir sus propósitos.
No se puede hablar en Venezuela, de carencia de leyes, para perseguir la corrupción, ya que de hecho existen las siguientes leyes: Ley del Estatuto de la Función Pública; Ley Orgánica de la Administración Pública; Ley Contra la Corrupción; Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público; Ley Orgánica de Régimen Presupuestario; Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos; Ley Orgánica de la Contraloría General de la República; Ley Orgánica del Ministerio Público; Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; Ley Orgánica de la defensa Pública; Ley Orgánica de la Administración Central; Código de Ética para el Funcionario Público; Convención Interamericana contra la Corrupción; Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y otras.